GOBIERNO AUTORIZA IMPORTAR GAS PARA CONSUMO PROPIO
Las empresas y otras personas naturales o jurídicas podrán importar gas natural y gas natural licuado (GNL) para cubrir sus propias necesidades o generar electricidad, tras la aprobación del Decreto Supremo 5755. La medida es excepcional y busca atender la demanda energética del país.
La norma establece una restricción central: el combustible importado no podrá venderse, revenderse ni transferirse a terceros. Quienes soliciten la autorización deberán presentar información sobre las cantidades, la calidad y el precio de compra ante la entidad reguladora, para facilitar el control de estas operaciones.
El Ministerio de Hidrocarburos tendrá un plazo de hasta 20 días hábiles, desde la publicación del decreto, para aprobar la reglamentación que detalle cómo se aplicará la medida.
Las importaciones deberán cumplir las condiciones técnicas y de seguridad correspondientes. El gas transportado por ductos o distribuido por redes estará sujeto a las normas vigentes, mientras que el GNL deberá ajustarse a los requisitos aplicables y a las condiciones acordadas con los proveedores.