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Redacción central

Una ley y una sentencia amplía la gestión de los actuales alcaldes

Una ley y una sentencia, amplia la gestión de los actuales alcaldes y gobernadores que en teoría deberían de culminar su mandato a fin de mes, pero permanecerán hasta las próximas elecciones subnacionales por mandato jurídico.

“El ejercicio de función de alcaldes, concejales, gobernadores y asambleístas departamentales en todo el país que debería finalizar el próximo 29 de mayo, pero a través de la declaración constitucional 01/2020 se les prorroga excepcionalmente el mandato”, explicó el abogado constitucionalista Israel Quino.

 Según el jurista, la DSP 01/2020 del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), prorrogó el mandato de las autoridades subnacionales al ver un presunto “vacío de poder” y a través de un fallo que restable el orden constitucional para que las alcaldías y gobernaciones no se queden sin autoridad.

“Se aplicó un método holístico de la ´norma principio versos norma regla´ inclinando la balanza sobre las organización funcional del Estado como base fundamental antes que los plazos (CPE, artículos 156 y 168), como para alcaldes concejales, gobernadores y asambleas  departamentales (CPE, artículos 285 II y 288) con el mandato a que estos contribuyan y otorguen  todas las condiciones que garanticen el desarrollo de los procesos electorales hasta la elección y posesión de nuevas autoridades”, explicó Quino.

Según el analista, el objetivo es garantizar el normal funcionamiento de los órganos del poder público y la protección de los derechos fundamentales ya que la ampliación de mandato no es indefinido, arbitrario o discrecional es excepcional.

La Ley

Antes de la sentencia constitucional, la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) aprobó la Ley No. 1270 titulada como “Ley Excepcional de Prórroga de Mandato Constitucional de Autoridades Electas” que amplía la gestión de las autoridades de los tres niveles comenzando por la presidenta del Estado, gobernadores y alcaldes.

El artículo 4 de dicha ley establece con claridad lo siguiente: “Excepcionalmente se prorroga el mandato de la Presidenta del Estado Plurinacional, las y los Asambleístas de la Asamblea Legislativa Plurinacional y las Autoridades Electas de las Entidades Territoriales Autónomas elegidas para el periodo 2015-2020 hasta la posesión de las nuevas autoridades para el periodo 2020-2025”.

Al respecto, Quino aclara que la prórroga de mandato de los alcaldes y gobernadores no es indefinido por la misma norma indica que la convocatoria a elecciones subnacionales debe realizarse, 48 hora después de la posesión de la presidente o presidente del Estado boliviano.

Según el jurista, la norma, más allá de beneficiar a las autoridades locales y departamentales, también los perjudica, ya que, en algunas regiones del país hay sectores que están expresando su rechazo a la continuidad de los alcaldes y gobernadores.

Por ejemplo, en la ciudad de El Alto, los dirigentes de la Federación de Juntas Vecinales (Fejuve) que lidera Basilio Villasante emitió un pronunciamiento con el que desconoce a la alcaldesa Soledad Chapetón, pidiendo la designación de una autoridad interina bajo el argumento de que la gestión de La Sole culmina el próximo 31 de mayo.

 En la misma línea, el exdirigente Roberto De La Cruz expresó el descontento de la ciudadanía quienes aseguran que el mandato de las autoridades finaliza a fin de mes, “ya no hay respeto por las autoridades, porque sus cargos acaban”, dijo.

   Al respecto, Quino asegura que la única forma de “librarse” de los gobernadores, asambleístas, alcaldes y concejales es que ellos los mismos renuncien a sus cargos y mientras eso no suceda, las autoridades subnacionales tienen el aval de la norma y gozan de legalidad para permanecer en el cargo.

BENEFICIADOS

En La Paz, entra las autoridades beneficiadas están, el Gobernador Félix Patzi, la alcaldesa de El Alto, Soledad Chapetón Tancara, el alcalde Luis Revilla, y el resto de las autoridades electas el año 2015.

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