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IMPUESTOS AMPLÍA A CINCO AÑOS EL PLAZO PARA PAGAR DEUDAS TRIBUTARIAS

El plazo máximo para acceder a un plan de Facilidades de Pago de deudas tributarias pasó de 30 a 60 meses, según una nueva disposición del Servicio de Impuestos Nacionales (SIN). La medida permitirá a los contribuyentes distribuir sus obligaciones en cuotas durante un periodo de hasta cinco años.

La modificación representa una alternativa para quienes tienen pagos pendientes con la Administración Tributaria y requieren un periodo más extenso para cumplir con sus obligaciones. Al aumentar el número de cuotas, el monto mensual puede ser menor y facilitar la cancelación de las deudas.

La disposición también alcanza a empresas de distintos sectores productivos, que podrán recurrir a este mecanismo para ordenar sus compromisos fiscales dentro del plazo establecido por la autoridad tributaria.

El cambio fue establecido mediante la Resolución Normativa de Directorio (RND) 102600000033, emitida por el SIN en aplicación del Decreto Supremo 5687, aprobado el 31 de agosto de 2026. Esta norma modificó el periodo previsto anteriormente en el Reglamento del Código Tributario Boliviano, contenido en el Decreto Supremo 27310.

Las Facilidades de Pago pueden ser solicitadas por el propio contribuyente ante la Administración Tributaria. Esta posibilidad también está contemplada cuando la deuda ya se encuentra dentro de una etapa de ejecución tributaria, de acuerdo con el artículo 55 de la Ley 2492, Código Tributario Boliviano.

El nuevo esquema contempla hasta 60 pagos mensuales. Sin embargo, su aplicación no comienza de forma automática con la presentación de la solicitud, sino desde el primer día hábil del mes posterior a la notificación de la resolución administrativa que apruebe el plan solicitado.

De esta forma, el SIN amplió el periodo disponible para que los contribuyentes regularicen sus obligaciones fiscales. La medida incorpora un margen mayor para distribuir los pagos y busca ofrecer una vía de cumplimiento a personas y empresas con deudas tributarias pendientes.

La autoridad tributaria estableció así un plazo más amplio para los planes de pago, con la posibilidad de extender la cancelación de una deuda hasta cinco años, siempre que la solicitud sea aprobada conforme a las condiciones previstas en la normativa.

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