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DECRETO 5746 GARANTIZA EL PRECIO DE BS 22,50 PARA LA GARRAFA DE GLP

El precio de la garrafa de gas licuado de petróleo (GLP) de 10 kilos seguirá en Bs 22,50, pese a las variaciones en los costos de transporte y distribución. Así lo informó este miércoles el vocero oficial de la Presidencia, José Luis Gálvez, al explicar el alcance del Decreto Supremo 5746.

La norma busca evitar que el encarecimiento de los gastos asociados al diésel se traslade al precio que pagan los consumidores por el gas de uso doméstico. Según Gálvez, el objetivo es preservar el costo de este producto, utilizado principalmente en los hogares para cocinar, y mantener la continuidad de su abastecimiento.

Para cumplir ese propósito, el decreto introduce cambios en los márgenes de comercialización mayorista y minorista del GLP, además de establecer compensaciones frente a los costos adicionales que afrontan los actores encargados de su distribución.

La disposición modifica el Decreto Supremo 5534, del 31 de enero de 2026, e incorpora artículos referidos a la actualización de los márgenes comerciales, los descuentos y la estructura de costos. Estos ajustes buscan establecer criterios para calcular los gastos vinculados con la comercialización del producto.

PLAZOS PARA REGLAMENTAR LA NORMA

El Decreto Supremo 5746 también fija tareas y plazos para las entidades responsables de aplicar el nuevo mecanismo. El Ministerio de Hidrocarburos y Energías tendrá hasta 10 días hábiles, desde la publicación de la norma, para aprobar la metodología de actualización de los márgenes mayorista y minorista, así como de los descuentos.

Por su parte, el ente regulador contará con un plazo de hasta 15 días hábiles para reglamentar la presentación de la estructura de costos de las plantas engarrafadoras y distribuidoras.

Esa reglamentación deberá precisar los formatos, plazos, periodicidad, documentos de respaldo y procedimientos de verificación que deberán cumplir las empresas del sector.

El decreto también introduce modificaciones al Decreto Supremo 5667, de 30 de julio de 2026, como parte de los ajustes normativos relacionados con el mecanismo de comercialización del GLP.

Gálvez reiteró que el precio final de la garrafa de 10 kilos no tendrá cambios y que las medidas buscan impedir que las variaciones de los costos operativos afecten directamente a los consumidores. La aplicación del nuevo esquema dependerá de las metodologías y reglamentos que deben aprobar las entidades competentes dentro de los plazos establecidos.

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