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Redacción central

Levantan las restricciones hasta la medianoche

"Se amplía el horario de circulación, de lunes a domingo, de cinco de la mañana hasta las 12 de la noche, también se amplía el horario permitido para las actividades comerciales, de servicios y otros, los fines de semana, desde las cinco de la mañana hasta las 12 de la noche", detalló el ministro de la Presidencia, Yerko Núñez, en conferencia de prensa.

La autoridad agregó las restricciones establecidas anteriormente se mantienen. "Son determinaciones que se asumen tomando en cuenta la importancia de la reactivación económica, sin embargo, no se debe olvidar que se mantiene la obligatoriedad de cumplir con todas las medidas de bioseguridad para evitar la propagación del virus", puntualizó.

La norma fue aprobada este martes por el gabinete ministerial, después de siete meses de la declaratoria de cuarentena rígida, establecida para prevenir la propagación del coronavirus.

El parágrafo segundo de las disposiciones adicionales del decreto prohíbe la circulación de personas y de vehículos, de lunes a domingo, entre las 00.00 y las 05:00.

PROHIBICIONES

También restringe el funcionamiento de las actividades comerciales, de servicios y otros los sábados y domingos, desde las 00.00 hasta las 05:00.

En tanto, el decreto mantiene el cierre de fronteras terrestres, fluviales y lacustres; además de la suspensión de eventos públicos, actividades culturales, deportivas, festivas, políticas y todo tipo de reuniones que generen aglomeración de personas, así como la prohibición de participar en clases presenciales.

En esa línea, se establece que los centros de operación de emergencia departamental y municipal deberán normar el servicio de entrega de comida a domicilio de lunes a domingo, garantizando las medidas de bioseguridad y considerando los índices de riesgo de la enfermedad en sus regiones.

Además, deberán regular las actividades religiosas, culturales, deportivas y gimnasios, así como el funcionamiento de las actividades de entretenimiento, hasta la medianoche.

También deberán normar la circulación de personas para el abastecimiento, la atención en las entidades del sistema financiero y las actividades de comercio, entre otros.

Entre tanto, la norma dispone que los permisos de circulación para vehículos particulares emitidos por el Ministerio de Gobierno, antes de la emisión del decreto, continúan vigentes hasta el 31 de octubre de 2020.

Asimismo, establece que los gobiernos subnacionales declararán auto de buen gobierno para la realización de las elecciones generales del domingo 18 de octubre de 2020, considerando todas las medidas de bioseguridad para evitar la propagación del coronavirus, a fin de que la población pueda emitir su voto.

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